Permite el acceso gratuito a los derivados de la marihuana para tratamientos, pero no contempla el autocultivo.
El Gobierno reglamentó de manera parcial la ley 27.350 que regula la investigación médica y científica del uso medicinal dela planta de Cannabis y sus derivados, sancionada el 29 de marzo de manera unánime por el Senado.
Publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Salud Jorge Lemus, la reglamentación fue parcial ya que no fueron reglamentados los incisos b, e, f, g, h, i, j, k y l del artículo 3° ni los artículos 5°, 10°, 11° ni 12°.
«La provisión de aceite de Cannabis y sus derivados será gratuita para quienes se encuentren inscriptos en el Programa y se ajusten a sus requerimientos. Aquellos pacientes no inscriptos en el Programa que tuvieren como prescripción médica el uso de aceite de Cannabis y sus derivados, lo adquirirán bajo su cargo, debiendo ajustarse a los procedimientos para la solicitud del acceso de excepción de medicamentos que determine la Autoridad de Aplicación», determina la ley.